En la presente entrevista, el Dr.
Bullard señala su posición respecto a la posibilidad de que la decisión de un
organismo regulador pueda ser objeto de un arbitraje. En ese sentido, deja en
claro que, contrariamente a lo afirmado por algunos organismos reguladores,
ello es perfectamente posible conforme a lo establecido por nuestro
ordenamiento, en el artículo 2° de la Ley de Arbitraje. Asimismo hace hincapié
en que ello no podría ser de otra manera, toda vez que existe un deber estatal
de proteger, promover e incentivar las inversiones.
Autor(es): Gálvez Posada,Katherine; Marengo Serrano,Melissa
Revista: Derecho &
Sociedad
Fecha de publicación: Junio 2011
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